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Segundo fallo de SCJN ordena al INE celebrar consulta sobre revocación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una segunda suspensión contra la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de aplazar la realización del ejercicio de revocación de mandato. La decisión de las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, integrantes de la Comisión de Receso del máximo tribunal se dio conocer luego de que admitieron la controversia constitucional de la Consejería Jurídica de la presidencia de la República, que impugnó dicho acuerdo.
Lunes 27 de Diciembre de 2021
Por: La Jornada
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una segunda suspensión contra la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de aplazar la realización del ejercicio de revocación de mandato. La decisión de las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, integrantes de la Comisión de Receso del máximo tribunal se dio conocer luego de que admitieron la controversia constitucional de la Consejería Jurídica de la presidencia de la República, que impugnó dicho acuerdo.

La medida cautelar tiene los mismos efectos que le concedieron la semana pasada a la Cámara de Diputados, quien interpuso una controversia constitucional por este mismo caso. En ese ese entonces, la SCJN dejó sin efectos provisionalmente el acuerdo que aprobó el INE y le ordenó por segunda ocasión que organice la consulta de revocación de mandato “hasta su conclusión, con el presupuesto aprobado de mil 503 millones de pesos el cual constituye un indicador de viabilidad financiera�.

Incluso en aquella ocasión, la Comisión de Receso de la SCJN señaló en una tarjeta informativa que admitió a trámite la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados y concedió la suspensión para que el INE no posponga el proceso de revocación de mandato 2021-2022.

Dicha resolución precisó que el acuerdo del INE “pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato del Presidente de la República, por lo que con la suspensión de dicho acuerdo se optimiza y brinda mayor eficacia al derecho de la ciudadanía, esto es, se privilegia la democracia, que es una de las obligaciones de dicho instituto�.

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