| TEPJF: violó AMLO restricciones constitucionales en periodo electoral. | ||||
| Para Vargas, el hecho de que esa conferencia se hubiera realizado un dÃa antes del periodo de precampañas, eximÃa al mandatario responsabilidad pues, a su juicio, en ese periodo no aplicaban las restricciones constitucionales en materia de propaganda gubernamental, por lo que no transgredió el principio de imparcialidad. | ||||
| Miércoles 14 de Julio de 2021 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Aun cuando el magistrado presidente, José Luis Vargas (ponente en el caso) presentó un proyecto en el que respaldaba la sentencia original de la Sala Especializada, exonerando al mandatario de toda responsabilidad, los magistrados Janine Otálora, Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata y Reyes RodrÃguez, votaron en contra del proyecto. Aun cuando no hubo debate, apelaron a criterios ya establecidos en recursos promovidos contra pronunciamientos de López Obrador en su conferencia. Para Vargas, el hecho de que esa conferencia se hubiera realizado un dÃa antes del periodo de precampañas, eximÃa al mandatario responsabilidad pues, a su juicio, en ese periodo no aplicaban las restricciones constitucionales en materia de propaganda gubernamental, por lo que no transgredió el principio de imparcialidad. Sin embargo, para la mayorÃa de los magistrados, los cuestionamientos a la alianza opositora se constituÃan en propaganda gubernamental y sus afirmaciones evidenciaron una intención de asociar los logros de su gobierno a su persona en periodo prohibido por el artÃculo 134 constitucional. Por otro lado, el TEPJF ordenó al Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León, revisar nuevamente la sanción impuesta a Movimiento Ciudadano y al gobernador electo de esa entidad, Samuel GarcÃa, asociada al presunto uso indebido de menores en propaganda partidista. |
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