De Veracruz al mundo
Diputados presentan acción de inconstitucionalidad a Ley Zaldívar.
Diputados del PAN, PRI, PRD, MC, independientes e incluso de Morena, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la prolongación del periodo de presidente de la SCJN
Viernes 02 de Julio de 2021
Por: Excelsior
Ciudad de México.- Diputados del PAN, PRI, PRD, Movimiento Ciudadano, independientes e incluso de Morena, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial que prevé prolongar el periodo del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar.

Los legisladores, quienes se manifestaron en contra de la Ley Zaldívar desde su aprobación y en diversos foros con especialistas, consiguieron 171 firmas, de 165 que necesitaban, para acompañar la demanda, en la que se argumenta la violación de diversos preceptos de la Constitución.

Entre ellos, mencionan el principio de seguridad jurídica, el derecho de acceso a la justicia en su vertiente de independencia judicial, tutela judicial efectiva, el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial, la división de poderes y la irretroactividad de las leyes.

Mediante un comunicado en conjunto enviado por el PAN, se indicó que el recurso se presentó contra el artículo 13 transitorio, donde se prevé ampliar dos años el periodo del ministro Arturo Zaldívar y también a integrantes del Consejo de la Judicatura.

El grupo parlamentario del PAN informó que se solicita la acumulación de la acción de inconstitucionalidad con la consulta extraordinaria planteada por el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, considerando que se trata de medios de control que impugnan la misma norma.

Los legisladores solicitan que la acción de inconstitucionalidad sea resuelta por el pleno de la Corte, considerando que “se trata de una norma de carácter general y abstracta”, además de que afecta directamente a los propios ministros.

Los legisladores expusieron que hay dos conceptos de invalidez.

Primero, se estima que no existe correspondencia entre el artículo Décimo Tercero Transitorio y los artículos 97 y 100 de la Constitución. Argumentan que, en estos artículos se establecen límites temporales específicos para la duración de los cargos de la presidencia de la SCJN y para los consejeros que integran el CJF.

La norma impugnada contradice esos límites al pretender extender el plazo de duración sin que así lo prevea la Constitución. La contradicción se consuma considerando que desde una norma inferior se pretende contradecir la Constitución, lo cual vulnera el principio de supremacía constitucional", indicaron.

En segundo lugar, considera que la aprobación del Décimo Tercero Transitorio es resultado de un proceso legislativo que tuvo múltiples violaciones y no cumplió con el principio de deliberación democrática.

Además, en el Senado se adicionó el artículo transitorio sin atender a las reglas de anuncio y publicidad para discusión así como de aprobación de la reserva.



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