De Veracruz al mundo
SCJN desecha impugnación contra Ley de Hidrocarburos.
El ministro Alberto Pérez Dayán desechó la impugnación de los 48 legisladores
Jueves 24 de Junio de 2021
Por: El Heraldo de México
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad que presentaron senadores de oposición contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

El ministro Alberto Pérez Dayán desechó la impugnación de los 48 legisladores porque la demanda no fue presentada con las firmas originales.

Ha lugar a desechar la demanda porque se actualiza la causa de improcedencia derivada de la aplicación conjunta de los artículos 105, fracción II, inciso b), de la Constitución General, 19, fracción IX, 61, fracción I, 62, párrafo primero, y 11 de la Ley Reglamentaria, dado que los accionantes que se ostentan como Senadores integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión, al hacer valer la acción de inconstitucionalidad, no exhibieron la demanda original con sus firmas autógrafas, esto es, se limitaron a presentar cinco tantos del escrito en cuestión, pero en copias simples.


“En efecto, el artículo 61, fracción I, de la Ley Reglamentaria ordena que el escrito por el que se ejercita la acción de inconstitucionalidad debe contener los nombres y las firmas de los promoventes, sin embargo, el documento exhibido como demanda carece de la firma autógrafa de los cuarenta y ocho legisladores cuyo nombre aparece al calce del escrito, lo que significa que carece de la manifestación de voluntad de éstos, necesaria para que el escrito produzca los efectos legales que se pretende, que no es otro que el de dar trámite y resolver el medio de control constitucional de que se trata”, indicó el ministro.



En mayo pasado, el juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió la suspensión definitiva que frena por tiempo indefinido tres artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

De acuerdo con la resolución del Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, la medida tiene efectos generales.

Por: Diana Martínez

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