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Ley de Extinción de Dominio confusa y de difícil aplicación: SCJN.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la figura se aplicará solo para bienes de origen ilícito
Martes 15 de Junio de 2021
Por: Excelsior
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED), derivada de la reforma al Artículo 22 de la Constitución, resultó en un texto que la hace confusa y de difícil aplicación, afirmó el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar.

Si se quería, efectivamente, hacer una figura, más moderna, más eficaz, pues creo que se logró justo lo contrario, pero eso, reitero, no es responsabilidad de este Tribunal Constitucional.

Y por supuesto entiendo, que ninguno de los que estamos interpretando esta situación, estamos asumiendo interpretaciones violatorias de derechos humanos, ni mucho menos�, afirmó el ministro Zaldívar.

Por segundo día consecutivo, el Pleno de la SCJN se dedicó a analizar el proyecto, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, sobre la acción de inconstitucionalidad 100/2019, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra de la LNED.



Solo para bienes de origen ilícito


La discusión del Pleno de la Sala se centró en determinar si la herramienta de la extinción de dominio se debe aplicar a un bien de origen lícito que es usado en una actividad delictiva o que su origen está basado en esa actividad.

Se determinó que la figura se aplicará para los bienes cuya legítima procedencia no pueda ser demostrada por la persona que se acredite como la titular de la posesión.

Con una votación de mayoría de 9 contra dos, el Pleno del Máximo Tribunal precisó que el artículo 22 de la Constitución sufrió una reforma radical en 2019, lo que modificó los requisitos para aplicar la demanda de extinción.

La medida se aplica, por medio de un juicio civil, para que el propietario de un bien pierda la titularidad, cuando éste se vea involucrado en la comisión de 11 delitos graves, sin importar si hay o no una sentencia de por medio.

La discusión de esta controversia constitucional continuará el próximo jueves, con temas pendientes como el relativo a la venta anticipada de un bien, cuando aún no se ha declarado la extinción por parte de un juez

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