De Veracruz al mundo
Dirimirá la SCJN si es válido ampliar el mandato de Zaldívar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá mediante el procedimiento excepcional de “consulta extraordinaria” si es válido ampliar dos años el periodo en el cargo de su presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Miércoles 09 de Junio de 2021
Por: La Jornada
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá mediante el procedimiento excepcional de “consulta extraordinaria” si es válido ampliar dos años el periodo en el cargo de su presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Especialistas en Derecho advirtieron que esta decisión debe ser tomada por todos los ministros con mayoría simple, pues la Carta Magna sólo prevé mayorías calificadas en el caso de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y declaratorias generales de inconstitucionalidad.

La “consulta extraordinaria” es un mecanismo previsto en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para resolver los casos que la propia SCJN considere particularmente relevantes para su funcionamiento interno. Será la primera vez en que se recurra a esta medida desde que se publicó la reforma judicial, el lunes pasado.

Zaldívar informó sobre su decisión luego de reconocer que el artículo decimotercero transitorio de la reforma judicial, donde se propone esta prórroga a su mandato, ha “generado un ambiente de desconfianza que injustamente pone en entredicho la labor cotidiana de toda la Judicatura y siembra dudas sobre la independencia judicial y la división de poderes”.

Entrevistados al respecto, especialistas en derecho constitucional señalaron que la determinación que tome la SCJN deberá aprobarse por mayoría simple, con seis de los 11 ministros, no por mayoría calificada de ocho votos.

“Si la Constitución no exige mayoría calificada, opera siempre la mayoría simple”, afirmó José María Soberanes Díez, académico de la Universidad Panamericana; destacó que al resolver este diferendo mediante la consulta extraordinaria, Zaldívar podría lograr que las eventuales acciones de inconstitucionalidad sobre el mismo tema sean declaradas sin materia.

Raúl Mejía Garza, investigador asociado del Instituto para el Fortalecimiento del Estado de Derecho, coincidió en que la decisión sólo requiere mayoría simple: “entiendo las marrullerías del señor, pero jurídicamente, normativamente, no hay ninguna razón por la cual esto tenga que ser por mayoría calificada.”

Igual opinó Juan Jesús Garza Onofre, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, quien agregó que la Ley Orgánica del PJF establece de manera expresa que el ministro que tenga algún interés personal en un asunto debe declararse impedido para votarlo, y así debería ser ahora, “porque es un caso sobre Zaldívar que él mismo ha accionado. En este caso sí me parece que hay claramente un choque de interés personal”

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