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Juez frena captura de gobernador de Tamaulipas.
La medida cautelar prevalecerá hasta el próximo 22 de junio, fecha en que el juez celebrará la audiencia donde resolverá si le otorga o no el amparo.
Martes 08 de Junio de 2021
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.- Un juez federal frenó la orden de aprehensión girada contra el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, porque le concedió una suspensión definitiva que impide a la Fiscalía General de la República (FGR) capturarlo por los presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La medida cautelar prevalecerá hasta el próximo 22 de junio, fecha en que el juez celebrará la audiencia donde resolverá si le otorga o no el amparo.

“Se concede la suspensión definitiva que solicitó Francisco Javier García Cabeza de Vaca, contra las restantes autoridades responsables, y respecto a la orden de aprehensión girada en su contra, y en los términos precisados en el considerando segundo�, detalla el acuerdo de Faustino Gutiérrez Pérez, juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas.

El juzgador puntualizó en su acuerdo que “opta por proteger el interés social�, porque “la gravedad de los hechos con apariencia de delito que se le imputen al amparista, no pueden estar por encima de la inmunidad procesal�.

El juzgador también le negó la suspensión definitiva contra otras autoridades por inexistencia de actos, es decir, porque ellos no solicitaron su detención.

El 25 de mayo, Faustino Gutiérrez señaló que el requisito de procedibilidad para el ejercicio de la acción penal contra el gobernador, por los delitos que le atribuya la Fiscalía General de la República (FGR) se encuentra “sub júdice�, es decir, están pendientes diversos pronunciamientos judiciales.

En su demanda, el gobernador mencionó que goza de fuero, porque el Congreso local no quiso homologar la declaratoria de procedencia de la Cámara de Diputados, además de que existe el pronunciamiento del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien señaló que sólo podrá ejercerse acción penal cuando termine su encargo.

El juzgador mencionó que si la legislatura local no aprobó el desafuero subsiste la inmunidad, lo cual, será en todo caso la materia del fondo del amparo; y el funcionario cuestionado conserva su cargo hasta que concluya el periodo para el que fue electo, si así se llega a determinar en este amparo.

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