| Con suspensiones definitivas, refuerzan jueces freno a Ley de Hidrocarburos. | ||||
| Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, a cargo de Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro, otorgaron las primeras suspensiones definitivas con efectos generales en contra de la Ley de Hidrocarburos, publicada apenas el 4 de mayo. | ||||
| Lunes 17 de Mayo de 2021 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Las resoluciones congelan de manera indefinida la entrada en vigor de los artÃculos 51, 57, y 59 Bis, además de los transitorios cuarto y sexto de la reforma, sin embargo el gobierno federal podrá impugnar los fallos para que los casos pasen a un tribunal colegiado quien resolverá si revoca o confirma las sentencias de los jueces federales. Las medidas cautelares se concedieron a las compañÃas Viga Express, Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil y Dalia Pilar Lamarque Picos, que apelaron el decreto de reformas a la Ley de Hidrocarburos. Los jueces de la Peza y Gómez Fierro, quienes también han otorgado suspensiones contra la Ley de la Industria Eléctrica y contra el Patrón Nacional de Usuarios de TelefonÃa Móvil, argumentaron que la enmienda genera un cambio “imprevisibleâ€� e “intempestivoâ€� contra los inversionistas privados. "Existe la posibilidad de que la parte quejosa demuestre que es contrario al texto Constitucional, que Pemex recupere una posición de agente preponderante en el sector, y no sea un participante más del mercado, en perjuicio de la postura que incipientemente han alcanzado las empresas privadas, lo cual merma los motivos sustanciales de la reforma Constitucionalâ€�, señaló Rodrigo de la Peza en su resolutivo. Reiteró que la reforma de 2013 buscó generar en los inversionistas privados un “estado de confianza legÃtimaâ€� para proyectos de largo plazo. En tanto, Gómez Fierro sostuvo que la legislación podrÃa abonar a que Pemex retome el papel monopólico que tenÃa hasta antes de la reforma energética, lo que implicarÃa un retroceso para el desarrollo de todo el sector. Recordó que los artÃculos 57, asà como el cuarto y sexto transitorios, además de generar incertidumbre jurÃdica para los permisionarios, podrÃan ocasionar una reducción considerable del número de competidores en los sectores aludidos, otorgando poder de mercado a Pemex y reduciendo las condiciones de oferta. Asimismo, el resolutivo ordena a la Comisión Reguladora de EnergÃa abstenerse de revocar el permiso de comercialización de los quejosos por no tener la capacidad mÃnima de almacenamiento de combustible que determine la SecretarÃa de EnergÃa y junto a la Comisión Reguladora de EnergÃa, que se abstengan de suspender los permisos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economÃa nacional, pues tiene hipótesis indefinidas en la legislación. El artÃculo 57 de la Ley de Hidrocarburos faculta al gobierno para llevar a cabo la “ocupación temporal, la intervención o la suspensiónâ€� de cualquier permiso, asà como a contratar a Petróleos Mexicanos para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en dicho permiso. Los transitorios, permiten a las autoridades revocar los permisos que, al 5 de mayo, no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la SecretarÃa de EnergÃa (Sener), y en general, los que no cumplan cualquier otro requisito. |
||||
|
|
||||
Nos interesa tu opinión |
||||
| > Directorio > Quiénes somos |
| ® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |