| Elevan sanciones a quienes eleven indebidamente precios en medio de la pandemia. | ||||
| Darán hasta 15 años de prisión y multas millonarias a empresarios que suban productos de primera necesidad | ||||
| Miércoles 02 de Diciembre de 2020 | ||||
| Por: EL HERALDO | ||||
Asà lo establece la reforma al artÃculo 254 quarter del Código Penal Federal aprobada por la Cámara de Diputados por 465 votos a favor. Las penas hasta ahora aplicables a estas conductas oscilan entre tres y 10 años de prisión y multas de entre 300 y 10 mil dÃas de salario mÃnimo. Con los cambios la sanción que se aplique aumentará 50 por ciento si se da en un contexto de emergencia. “Esta pandemia ha alterado las condiciones normales de oferta y demanda de bienes. Los consumidores se enfrentan a altos precios que, por supuesto, dañan, lastiman la economÃa familiar y generan sobredemanda que, a su vez, provoca una escasez de productos que son indispensables para enfrentar la contingencia, sobre todo en materia de saludâ€�, indicó la panista Pilar Ortega, presidenta de la Comisión de Justicia. El diputado ElÃas Lixa (PAN), autor de la iniciativa que dio origen a la reforma, recordó que Yucatán, su estado de origen, ha sufrido el incremento del costo del hielo, cuando falta energÃa eléctrica a causa de un huracán. “Desde que inició la pandemia advertimos que el incremento de costos se estaba dando en todos los rincones del paÃs y que era necesario poner un lÃmite para que todos pudieran adquirir productos de primera necesidad y los necesarios para enfrentar la contingenciaâ€�, añadió. Exhortó a la ProcuradurÃa de Defensa del Consumidor (Profeco) a vigilar los precios y endurecer sus procedimientos para castigar a quienes aprovechan indebidamente la emergencia sanitaria. La reforma fue turnada al Senado para su discusión y aprobación. Por: Nayeli Cortés e Iván Saldaña |
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