| AMLO va a donar su aguinaldo al combate de la pandemia: Hacienda. | ||||
| La dependencia federal oficializó la entrega de este derecho a los burócratas a partir del 9 de noviembre | ||||
| Jueves 05 de Noviembre de 2020 | ||||
| Por: EL HERALDO | ||||
“A fin de ser coincidente con las medidas de austeridad que he venido impulsando, he tomado la decisión de reintegrar a la TesorerÃa de la Federación el 100 por ciento del monto que reciba por concepto de aguinaldo y gratificación de fin de año, (…) que históricamente equivale a 40 dÃas por esos conceptos, para que se destinen a dar atención a las necesidades derivadas de la emergencia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en Méxicoâ€�, se lee en el documento. A través del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia federal oficializó la entrega de este derecho a los burócratas a partir del 9 de noviembre, el cual es equivalente a 40 dÃas de salario. Sin embargo, no detalló si la entrega va a ser parcial o total. El otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal 2020 bajo los principios de equidad y justicia, subrayó. Van a tener derecho a esta prestación el personal operativo de confianza, asà como el de enlace y de mando de las dependencias y entidades. También el de Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional. En la lista también está el personal militar en activo, las personas fÃsicas contratadas para prestar sus servicios profesionales, asà como aquellas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia o los deudos de esas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal. Hacienda destacó que las dependencias y entidades están obligadas a entregar la parte proporcional del aguinaldo que corresponda en los casos de las personas que prestaron sus servicios por menos de un año durante 2020. Señaló que no van a tener derecho a aguinaldo las personas fÃsicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, asà como aquéllas a las que se cubran percepciones por cualquier concepto no previsto en el artÃculo Quinto de este Decreto. Tampoco el personal a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades federativas. |
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