| Por desacato a mandamientos del TEV, Alcaldesa de Rafael Delgado podrÃa ser removida de su cargo; tampoco podrá ser candidata en 2021. | ||||
| Además, el Ayuntamiento de Rafael Delgado debe pagar arriba de 32 mil pesos de multa por el desacato de la alcaldesa y su regidor. | ||||
| Domingo 01 de Noviembre de 2020 | ||||
| Por: | ||||
Además, el Ayuntamiento de Rafael Delgado debe pagar arriba de 32 mil pesos de multa por el desacato de la alcaldesa y su regidor. De acuerdo con Francisco Serrano Fernández, abogado del sÃndico, en principio se trata del incumplimiento de un deber legal y de eso podrÃan apercibir a la alcaldesa en breve, pues ha incumplido hasta en cuatro ocasiones los mandamientos del TEV. Refirió que apenas el pasado 15 de octubre, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó que la Presidenta Municipal y el regidor de Rafael Delgado ejercieron “violencia polÃtica contra el SÃndico Único que pertenece a un grupo vulnerableâ€�. En sesión virtual del TEV se declaró fundados los agravios interpuestos por el SÃndico Único en contra del Ayuntamiento de Rafael Delgado, por la omisión de pagarle sus remuneraciones del periodo comprendido de la primera quincena de marzo a la primera de junio, asà como de convocarlo a sesiones en ese lapso. En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Magistrada Presidenta Claudia DÃaz Tablada y Magistrados determinaron en el asunto TEV-JDC- 532/2020 que el actor no ha cobrado las quincenas en el lapso que reclama, ya que el Ayuntamiento no demuestra que se hizo lo posible por entregarle las remuneraciones respectivas. La Presidenta del TEV reiteró que en este caso debe tenerse presente que el actor es un adulto mayor, por lo cual, obliga a este Tribunal a analizar el asunto con una perspectiva de derechos humanos reforzada, en virtud de que pertenece a una de las categorÃas previstas en los artÃculos 1º de la Constitución Federal y 1º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esa afectación a su derecho a ser votado en la vertiente de acceso y ejercicio del cargo, “repercute de manera interdependiente en su derecho a la subsistencia alimentaria y de salud, pues en un lapso prolongado de tiempo no se le han entregado sus remuneraciones, afectando con ello esos derechos que deben ser protegidos particularmente en los casos en que los afectados sean adultos mayoresâ€�, comentó la Presidenta del TEV. En consecuencia, el Tribunal Electoral resolvió que se dio por notables las omisiones reclamadas por el actor y se acreditó la violación a su derecho de ser votado en la vertiente de acceso y desempeño del cargo, por obstaculizarle el ejercicio del mismo. También se concluyó que, ante el incumplimiento reiterado de los fallos del Tribunal en los que se ha ordenado garantizar los derechos del actor, se declaró que las omisiones del Ayuntamiento constituyen violencia polÃtica, debido a la condición de adulto mayor del actor. En consecuencia, se determinó que tanto la Presidenta Municipal como el Regidor del Ayuntamiento de Rafael Delgado han perdido la presunción de contar con un modo honesto de vivir, al ejercer violencia polÃtica en contra del actor, por lo cual se da vista al Organismo Público Local Electoral de Veracruz para su conocimiento y para el caso de que tales funcionarios quisieran contender en el siguiente proceso electoral. Por último, se informó que de persistir en la omisión, el TEV podrÃa pedir la destitución de la Edil ante el Congreso Local por desacato. Asà las cosas. |
||||
|
|
||||
Nos interesa tu opinión |
||||
| > Directorio > Quiénes somos |
| ® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |