De Veracruz al mundo
El Senado impulsa eliminar fuero constitucional a diputados y senadores.
Los integrantes del PAN, PRI, MC y PRD en las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos aprobaron una reserva al dictamen por el que se modifica el artículo 108 constitucional para que, además del presidente, se pueda juzgar a los legisladores.
Martes 06 de Octubre de 2020
Por: Proceso
Ciudad de México.- La oposición en el Senado consiguió que se incluyeran a los diputados y senadores en la reforma constitucional para ampliar el catálogo de delitos por los que puede ser juzgado el presidente, como traición a la patria, hechos de corrupción y delitos electorales.


Los integrantes del PAN, PRI, MC y PRD en las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos aprobaron una reserva al dictamen por el que se modifica el artículo 108 constitucional para que, además del presidente, se pueda juzgar a los legisladores.

“Durante el tiempo de su encargo, el presidente de la república, así como los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión, podrán ser imputados y juzgados por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana. En estos casos se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 111 de esta Constitución�, dice la propuesta avalada en comisiones.

El dictamen fue turnado a la mesa directiva del Senado para que sea votado por el pleno de la Cámara Alta este miércoles, donde requiere de mayoría calificada, es decir las dos terceras partes de los presentes.

En septiembre pasado, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política para que el titular del Ejecutivo federal pueda ser imputado y juzgado no sólo por traición a la patria, sino por hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos ilícitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

Según el artículo 111 para proceder en contra del presidente “sólo habrá lugar a acusarlo ante la cámara de senadores que resolverá con base en la legislación penal aplicable�.

Se trata de la segunda ocasión en la que el Senado intenta esta maniobra. En 2019, los senadores incluyeron a los legisladores en el dictamen para ampliar el catálogo de delitos por los que puede ser juzgado el presidente, pero los diputados lo rechazaron.

Actualmente, el artículo 108 establece que el presidente de la república, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

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