| No es necesaria una consulta para enjuiciar a expresidentes: José Ramón CossÃo. | ||||||
| "Hoy, en este instante, se puede abrir cualquier proceso penal contra cualquier expresidente" explicó el ministro en retiro de la SCJN | ||||||
| Jueves 17 de Septiembre de 2020 | ||||||
| Por: EL HERALDO | ||||||
En entrevista con Salvador GarcÃa Soto, detalló que cuando los mandatarios dejan el cargo, se puede iniciar un proceso penal contra ellos por algún delito que hayan hecho antes, durante o después de ser jefes del ejecutivo. Hoy, en este instante, se puede abrir cualquier proceso penal contra cualquier expresidente, los presidentes en el momento que dejan de ocupar el cargo el 30 de noviembre del año correspondiente están en una situación exactamente igual a cualquier ciudadano. De forma tal que si hubieran algunos indicios que hicieran presumir que el presidente o el expresidente cometió algún ilÃcito, la FiscalÃa General de la República o la FiscalÃa de las entidades federativas podrÃan abrir el proceso. Indicó que los mandatarios gozan del fuero o la inmunidad procesal cuando están en el cargo, esto significa que sólo pueden ser juzgados por traición a la patria o delitos graves del orden común. Sólo si se cometiera uno de estos delitos el presidente puede ser enjuiciado si. Va el Senado de la República y el Senado vota y el presidente se somete (a juicio). José Ramón CossÃo señaló que el presidente Andrés Manuel López Obrador no tiene la necesidad jurÃdica de hacer una consulta ciudadana para enjuiciar a los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa o Enrique Peña Nieto. Si hoy hubiera elementos de prueba, el presidente de la república, el fiscal general o cualquier ciudadana puede presentar la denuncia de hechos, o se puede abrir la investigación oficiosamente por el fiscal y se inicia un procedimiento. De ahà me parece que no se tiene una necesidad jurÃdica la determinación de la consulta. |
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