| Resuelve Corte Controversia a favor de B. del RÃo de 2014; son ilegales disposiciones de Ley de Tránsito estatal . | ||||
| Lo anterior, luego de que el Máximo Tribunal del PaÃs resolvió la controversia constitucional presentada en abril de 2014 por el ayuntamiento de Boca del RÃo, cuando el ex candidato perdedor a la gubernatura Miguel Ã�ngel Yunes Márquez era presidente municipal y el acérrimo adversario del clan, Javier Duarte de Ochoa, era gobernador del Estado. | ||||
| Martes 24 de Septiembre de 2019 | ||||
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Lo anterior, luego de que el Máximo Tribunal del PaÃs resolvió la controversia constitucional presentada en abril de 2014 por el ayuntamiento de Boca del RÃo, cuando el ex candidato perdedor a la gubernatura Miguel Ã�ngel Yunes Márquez era presidente municipal y el acérrimo adversario del clan, Javier Duarte de Ochoa, era gobernador del Estado. Sin embargo, de acuerdo con la resolución de la Corte, los efectos de dicha resolución implicarán que los artÃculos declarados inválidos no sean aplicados en el territorio del municipio de Boca del RÃo, y por pura casualidad, las disposiciones tendrán que ser acatadas por la actual administración estatal que encabeza el principal adversario en turno de la polémica familia panista, el gobernador Cuitláhuac GarcÃa Jiménez. Entre otros puntos, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que el gobierno estatal no podÃa invadir competencias en relación al servicio público de Tránsito y Vialidad, tales como exigir al municipio el 50 por ciento de los ingresos obtenidos por el cobro de infracciones y multas de carácter municipal. También sentenció que es ilegal que el gobierno del estado determinara la ubicación de las bases de servicio o paradas para ascenso y descenso del transporte público de pasajeros en la vÃa pública. Lo anterior, “al estimar que de acuerdo con la Constitución General corresponde a los municipios decidir en última instancia sobre la colocación de tales paradas y bases en las vÃas públicas de su competenciaâ€�, según refiere la sentencia. En el mismo sentido, la Corte determinó como inválidas diversas disposiciones de la Ley número 561, de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en materia de estacionamientos públicos, al considerar que la facultad de permitir el estacionamiento en la vÃa pública y en inmuebles de particulares, asà como las tarifas máximas de los estacionamientos públicos, corresponde a los ayuntamientos. |
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