De Veracruz al mundo
Multan con 72 MDP a Aeropuerto de Cancún por monopolio taxista.
Desde febrero de 2010 hasta abril de 2018 el Aeropuerto se rehusó a proporcionar el servicio de acceso a determinados agentes del autotransporte federal de pasajeros
Viernes 23 de Agosto de 2019
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.- El pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 72 millones 540 mil pesos al Aeropuerto de Cancún, S. A. de C. V., por incurrir en prácticas monopólicas, conocida como “negativa de trato�, por la que impidió que nuevos participantes entraran al mercado de autotransporte federal de pasajeros (taxi) con origen en el Aeropuerto Internacional de este destino turístico.

Las prácticas monopólicas relativas consisten en el abuso del poder de mercado por parte de uno o varios agentes económicos para desplazar indebidamente, impedir la entrada al mercado analizado o establecer ventajas en favor de uno o varios agentes económicos.

En este caso, el Pleno de la Comisión determinó que el Aeropuerto tiene dicho poder, ya que en su condición de concesionario del aeródromo de Cancún es el único que puede arrendar los espacios y conceder los derechos de acceso al uso de la infraestructura aeroportuaria a los concesionarios de taxis para que ofrezcan sus servicios, por ejemplo, la venta de boletos en los módulos, o el espacio que utiliza la flotilla para esperar y ser enviado a la zona de ascenso y descenso de pasajeros.

Se acreditó que desde febrero de 2010 hasta abril de 2018 el Aeropuerto se rehusó a proporcionar el servicio de acceso a determinados agentes del autotransporte federal de pasajeros. Esta conducta generó un daño al mercado calculado en más de 98 millones de pesos, resultado de un sobreprecio estimado de 8 por ciento que afectó varios millones de viajes.

Por ello, Aeropuerto de Cancún, S. A. de C. V., tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para proporcionar el servicio de acceso al AIC a los agentes económicos que lo soliciten y obtengan el permiso de la SCT para la prestación del servicio de acceso al Aeropuerto Internacional de Cancún para la prestación del servicio de taxi, respecto de las unidades que ampare dicho permiso, en términos y condiciones equivalentes respecto a los prestadores existentes.

Cabe destacar que una vez notificada la resolución al aeropuerto, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Cofece, a través de un juicio de amparo indirecto.

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