| INAI ordena a Pemex informar sobre gasolinerÃas que vendÃan huachicol. | ||||
| La información, precisó, deberá estar desglosada por año, estado, municipio, estaciones de servicio, y cuando sea el caso, el número de franquicia y contrato. | ||||
| Martes 14 de Mayo de 2019 | ||||
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La información, precisó, deberá estar desglosada por año, estado, municipio, estaciones de servicio, y cuando sea el caso, el número de franquicia y contrato. La comisionada encargada del caso, MarÃa Patricia Kurczyn Villalobos, destacó que en 2018 un total de 12 mil 581 tomas clandestinas fueron detectadas en algunos estados del paÃs, como Puebla, Hidalgo, Veracruz, Estado de México, Jalisco y Tamaulipas Consideró que el robo de hidrocarburos es un tema que interesa a todos los mexicanos, no sólo por su impacto a la economÃa, sino por los lamentables accidentes que produce. La decisión del organismo se dio luego de que un particular solicitó el informe entregado por Pemex a la Cámara de Diputados sobre la cancelación de permisos o revocación de contratos de comercialización de gasolinas y diésel por irregularidades en los controles volumétricos, asà como el número de estaciones a las que se revocaron o cancelaron los permisos o contratos por la venta ilegal de combustible. En respuesta, Pemex argumentó la inexistencia del informe proporcionado a la Cámara de Diputados y señaló que las instancias competentes para atender la solicitud relacionada con las estadÃsticas son Pemex Transformación Industrial y la Comisión Reguladora de EnergÃa y ante la cual, el particular inconforme presentó un recurso de revisión ante el INAI. Durante el análisis del caso, Kurczyn Villalobos, indicó la existencia del Anexo II de la Gaceta Parlamentaria número 5210-II, año XXII, del primero de febrero de 2019, en la que se da cuenta de la repuesta emitida por la Unidad de Enlace Legislativo de Pemex a los cuestionamientos formulados por integrantes de la Tercera Comisión de la Permanente y de ciudadanos sobre el desabasto de combustibles. Este documento, advirtió, da cuenta de las respuestas del director general de Pemex a diferentes cuestionamientos de los legisladores, entre ellos, lo referente a las empresas a las que se les rescindió el contrato de franquicia y comercialización, por cuestiones como la venta de combustible de procedencia ilÃcita. De esta forma, se determinó que dicha documentación, proporcionado por la Unidad de Enlace Legislativo de Pemex, contiene parte de la información requerida por el particular. En cuanto a la información estadÃstica, la comisionada señaló que corresponde a la Dirección JurÃdica de Pemex responder a la solicitud, debido a sus atribuciones. Agregó que de acuerdo con el Estatuto Orgánico de Pemex, la dirección se encarga de asesorar a sus Empresas Productivas Subsidiarias en la suscripción de instrumentos jurÃdicos, dirigir la revisión y sanción jurÃdica, asà como la administración de los sistemas institucionales que integran la información estadÃstica. Finalmente, Kurczyn Villalobos apuntó que este organismo vigila la procedencia de las causales de rescisión contenidas en el Contrato de Franquicia y, de ser el caso, notifica a las partes sobre la rescisión del contrato, asà como de si esta es o no procedente. Como resultado de la ponencia, el pleno del INAI determinó modificar la respuesta de Pemex y le instruyó hacer una nueva búsqueda exhaustiva y razonable en la Dirección JurÃdica y en la Unidad de Enlace Legislativo, a fin de que proporcione al particular la información solicitada. |
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