De Veracruz al mundo
Declaran inconstitucional limitación en derechos de filiación de menores nacidos en familias homoparentales.
La Primera Sala de la Suprema Corte, estableció que el artículo 384 del Código Civil del Estado de Aguascalientes excluye de protección a los menores nacidos en dichas familias
Miércoles 08 de Mayo de 2019
Por: EL Heraldo de Mexico
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en sesión de Primera Sala, estableció como inconstitucional el artículo 384 del Código Civil del Estado de Aguascalientes.

Lo anterior luego de que visto desde la perspectiva de los derechos de los menores de edad, es inconstitucional pues excluye de su protección a los que nacen en contextos de uniones familiares homoparentales.

Así mismo los ministros integrantes de la Primera Sala determinaron que dicho artículo desde el enfoque de los derechos de las personas del mismo sexo que conforman ese tipo de familia, es inconstitucional, pues limita la filiación jurídica a la circunstancia de que los padres sean de distinto género y al principio de verdad biológica, lo que desconoce la realidad de esas personas cuyos derecho a conformar uniones familiares debe ser protegido en igualdad de condiciones que cualquier otra forma de familia.

El amparo en revisión fue el 852/2017 a cargo de la Ponente Ministra Norma Lucía Piña Hernández en sesión del 8 de mayo de 2019.

La Primera Sala señaló que acorde con los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación, al derecho a la identidad de los menores y al principio de su interés superior, así como al derecho de protección de la organización y desarrollo de la familia, el hijo biológico de una mujer debe poder ser reconocido voluntariamente en su partida de nacimiento o en acta especial posterior, por otra mujer con quien aquélla conforme una unión familiar homoparental.

Aún cuando evidentemente quien reconoce no tenga un vínculo genético con él, pues en estos casos, su contexto familiar permite que se pondere como elemento determinante de la filiación jurídica, la voluntad parental para ejercer la comaternidad, por ser lo más acorde a su interés superior.

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