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AMLO, sin facultades para cancelar ley con memorándum: juristas.
“Acabo de leer el Memorándum recién emitido por el Presidente. Carece de fundamentación y motivación. No se cita una sola norma jurídica. Es autoreferente en cuanto a su autoridad. Fácilmente impugnable jurídicamente”
Martes 16 de Abril de 2019
Por: La Jornada
Ciudad de México.- Advierten juristas que el presidente Andrés Manuel López Obrador no tiene facultades para cancelar una ley de carácter constitucional con base en un memorándum, como el que emitió para dejar sin efecto la llamada reforma educativa que se aprobó en la administración pasada.

Respecto del documento firmado y dado a conocer este martes por López Obrador, el ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), José Ramón Cossío, señaló en su cuenta de Twitter: “Acabo de leer el Memorándum recién emitido por el Presidente. Carece de fundamentación y motivación. No se cita una sola norma jurídica. Es autoreferente en cuanto a su autoridad. Fácilmente impugnable jurídicamente”.

En su acuerdo, el mandatario refiere que “as secretarías de Educación Pública (SEP), Gobernación y Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberán buscar mecanismos alternativos a la propuesta de reforma que no se ha aprobado en el Congreso, a fin de eliminar los cambios que se aprobaron en el sexenio pasado agrupados en la "mal llamada reforma educativa", dijo el presidente en su conferencia diaria”.

En ese contexto, el maestro en derecho y catedrático de la Universidad La Salle, Julio Jiménez Martínez, señaló que “el presidente no tiene facultades para echar abajo un proceso legislativo, su memorándum no tiene procedencia y no existe ninguna norma que le permita con un decreto pueda reformar la Carta Magna.

“En todo caso él tendría que enviar una iniciativa preferente al Congreso y que los legisladores hagan su trabajo para adicionar, reformar o abrogar leyes, y esto se podría hacer con una iniciativa preferente para que se agilice lo que él quiere modificar”.

El constitucionalista explicó que en todo caso organizaciones sociales, maestros y organismos dedicados a la certificación educativa pueden interponer recursos de amparo o acudir a la Corte para pedir la derogación de la reforma educativa.

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