| Diputados aprueban hasta 12 años de cárcel por desplazamiento forzado. | ||||
| Sin embargo, esa sanción podrá aumentar cuando el delito se cometa contra infantes, adolescentes, defensores de derechos humanos y periodistas. | ||||
| Miércoles 10 de Abril de 2019 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Sin embargo, esa sanción podrá aumentar cuando el delito se cometa contra infantes, adolescentes, defensores de derechos humanos y periodistas. Con 429 votos a favor, los legisladores avanzaron en la depuración de una norma para atender uno de los peores efectos de la violencia sobre comunidades enteras en el paÃs. Sin embargo, la adición de un CapÃtulo III al Código Penal Federal y la incorporación del artÃculo 287 Bis, se refiere también a que dicho desplazamiento también tenga efectos a nivel individual. Y textualmente, lo aprobado en San Lázaro este dÃa establece: “Comete el delito de desplazamiento forzado interno quien, de manera individual o colectiva, mediante violencia o cualquier otro medio o acto coactivo realizado contra una persona o grupo de personas, ocasiones que abandone su lugar de residenciaâ€�. Ahà mismo se indica que se le aplicará una pena de 6 a 12 años de prisión y una multa de 300 a 600 dÃas a quien sea encontrado responsable de propiciar el abandono del lugar de origen y residencia. En el mismo precepto se establece sin embargo que no se entenderá por desplazamiento forzado el movimiento de población que realice la autoridad cuando tenga por fin la seguridad de la misma o por un mandato judicial. Aunque algunos especialistas habÃan pedido se elaborara una ley especÃfica para atender este problema y algunos ángulos de ese fenómeno ya están contemplados en la Ley General de VÃctimas, los legisladores consideraron necesario introducir sanciones más severas para atender estos casos porque, como argumentó la diputada de Morena Julieta Vences Valencia, “el desplazamiento forzado es, en los hechos, un destierro internoâ€�. |
||||
|
|
||||
Nos interesa tu opinión |
||||
| > Directorio > Quiénes somos |
| ® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |