De Veracruz al mundo
La Cofece investiga prácticas monopólicas en empresas productoras de harina de maíz.
Desde octubre de 2018 inició la indagatoria que, de encontrar irregularidades en el sector podría culminar con penas de hasta 10 años de prisión para personas físicas y del 10 por ciento de sus ingresos para personas morales.
Martes 09 de Abril de 2019
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.- Las empresas productoras de harina de maíz del mercado mexicano se encuentran bajo investigación de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) por el posible ejercicio de prácticas monopólicas.

La indagatoria iniciada por el órgano “no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica”, informó la Cofece en un comunicado.

De acuerdo con el órgano se contó con información sobre prácticas anticompetitivas en el sector, por lo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación un oficio mediante el cuál se informó que se investigará la producción, distribución y comercialización de harina de maíz en el territorio nacional.

La harina de maíz es un insumo comercializado para la producción de tortillas, frituras, cereales y ciertos tipos de panes, entre otros, centrales en la alimentación mexicana.

Aseguró que hasta el momento no se han identificado violaciones a la normatividad de competencia de manera flagrante y que tampoco hay algún o algunos sujetos identificados plenamente con esta práctica.

La Cofece informó que el plazo para realizar la investigación consiste en hasta 120 días hábiles, mismos que iniciaron el 9 de octubre de 2018. Este podría ampliarse hasta en 4 ocasiones, pero en caso de no localizarse irregularidades al término del último reemplazamiento, será determinado como cerrado.

De encontrarse irregularidades en la investigación, la pena a la que se haría acreedor quien fuera sancionado sería del 10 por ciento de sus ingresos, así como quienes hayan colaborado con esa práctica. En el caso de ser personas físicas podrían hacerse acreedoras hasta 10 años de prisión.

La Comisión recordó que las prácticas monopólicas se entienden como “contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores”.

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