| Amparos para uso recreativo de mariguana comenzarán a otorgarse este lunes. | ||||
| A partir del próximo lunes 25 de febrero, jueces federales comenzarán a otorgar amparos para uso recreativo de la mariguana; los consumidores podrán promover amparos para obtener permisos de siembra, cosecha, transportación y consumo | ||||
| Viernes 22 de Febrero de 2019 | ||||
| Por: Excelsior | ||||
Lo anterior luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicara este viernes, en el Semanario Judicial de la Federación, ocho tesis de jurisprudencia aprobadas por la Primera Sala, que reconocen el derecho de los mexicanos al consumo del enervante con fines recreativos, el desarrollo de la personalidad, la libertad de conciencia y expresión, asà como el derecho a la salud. De esta forma, los consumidores podrán promover amparos para obtener permisos de siembra, cosecha, transportación y consumo de la mariguana, sin afectar a terceros y sin fines comerciales. Las tesis de jurisprudencia que darán sustento a la protección de la justicia federal son: Que la prohibición contra el uso lúdico de la mariguana “no es una medida proporcional para proteger la salud y el orden públicoâ€�. La “inconstitucionalidad de la prohibición absoluta al consumo lúdico de la mariguana prevista por la Ley General de Saludâ€�. Que los “derechos de tercerosâ€� y “orden públicoâ€� constituyen “lÃmites externos del derecho al libre desarrollo de la personalidadâ€�. El “derecho a la protección de la saludâ€� individual y social. La protección del “derecho al libre desarrollo de la personalidadâ€�. Que la “prohibición para el autoconsumo de la mariguanaâ€� incide en el “derecho a la libre personalidadâ€�. Que el derecho al libre desarrollo de la personalidad “brinda protección a un área residual de libertad que no se encuentra cubierta por las otras libertades públicasâ€�. |
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