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Aprueban iniciativa para devolver a Legislatura de Edomex facultad de calificar cuentas públicas.
En la ley vigente actual, el único organismo o autoridad facultado para calificar o sancionar las cuentas públicas anuales del ejecutivo y los ayuntamientos, ha sido el OSFEM, sin embargo no se conoce algún dictamen trascendente de persecución de corrupción
Miércoles 23 de Enero de 2019
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.- Las Comisiones Unidades de Gobernación y Puntos Constitucionales, con la de supervisión del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), aprobaron por unanimidad de votos, la iniciativa constitucional para devolver a la Legislatura Local, la calificación y sanción de las cuentas públicas anuales del ejecutivo y los municipios, las cuales hasta ahora no han generado, ninguna observación, denuncia o investigación por corrupción o malversación de fondos públicos en la entidad.

En la ley vigente actual, el único organismo o autoridad facultado para calificar o sancionar las cuentas públicas anuales del ejecutivo y los ayuntamientos, ha sido el OSFEM, sin embargo no se conoce algún dictamen trascendente de persecución de corrupción.

La iniciativa promovida por Morena para cambiar esta situación, fue aprobada este jueves por unanimidad de votos de sus integrantes y ella implica que el Congreso Local, una vez que sea avalada por el Congreso Local y el Constituyente Permanente de la entidad (50% de los 125 municipios más uno), podrá rechazar o avalar la Cuenta Pública anual y ordenar investigaciones en caso de que se detecten desviaciones, desvíos o irregularidades, confirmo la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del PVEM, e integrante de las comisiones.

Las reforma al artículo 61 de la Constitución Política del Estado de México, se modifica en su fracción 32, para señalar que es atribución de la Legislatura “recibir, revisar, fiscalizar y calificar, las cuentas públicas del Estado y de los Municipios, del año anterior, mismas que incluirán, en su caso, la información correspondiente a los Poderes Públicos, organismos autónomos, organismos auxiliares, fideicomisos públicos o derivados y demás entes públicos que manejen recursos del Estado y Municipios�.

Además agrega en la misma fracción, otro texto que le da mayores atribuciones y autoridad la Cámara Local sobre el OSFEM:

“Para tal efecto, contará con un Órgano Superior de Fiscalización, dotado de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir, sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones en los términos que disponga la legislación aplicable�.

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