De Veracruz al mundo
México, uno de los 10 países con mayor diversidad lingüística: CNDH.
En ocasión del Día Internacional de la Lengua Materna –el 21 de febrero–, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destacó que uno de los derechos fundamentales de las comunidades originarias es preservar y enriquecer sus lenguas, como se establece en el artículo 2 de la Constitución.
Jueves 22 de Febrero de 2018
Por: jornada.unam.mx
Ciudad de México.- Las lenguas indígenas tienen la misma valía e importancia que el español, pues se trata de idiomas nacionales que deben ser preservados por mandato constitucional.

En ocasión del Día Internacional de la Lengua Materna –el 21 de febrero–, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destacó que uno de los derechos fundamentales de las comunidades originarias es preservar y enriquecer sus lenguas, como se establece en el artículo 2 de la Constitución.

México es una de las diez naciones con mayor diversidad cultural con 364 variantes lingüísticas que corresponden a 68 agrupaciones y 11 familias lingüísticas indoamericanas.

“Es mediante la lengua como se construye el mundo y ésta es más que palabras y sonidos, ya que cada lengua indígena reúne los saberes y la cosmovisión de su cultura. De ahí la importancia de que el Estado promueva la protección y el pleno derecho de las personas indígenas a aprender y hablar su lengua materna”, subrayó el organismo nacional presidido por Luis Raúl González Pérez.

Por ello convocó a las autoridades y a la sociedad en general a preservar y enriquecer los idiomas originarios del país, al igual que todos los conocimientos y elementos que constituyan su cultura e identidad y garantizar el derecho de la población hablante de lenguas indígenas a recibir atención en ellas al acceder a instituciones, programas y servicios.

Enfatizó que el artículo 7 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas establece que las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública, y determina que le corresponde al Estado garantizar el ejercicio de esos derechos.

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